Mar 06 2009
Crisis y Devoluciones de Impuestos
Mas allá de las favorables cifras que proyecta el sector turístico en esta temporada, todo indica que los efectos de la crisis global ya se han empezado a manifestar en nuestro país. Las empresas han estado adoptando diversas medidas tendientes a “navegar el temporal”, más que simplemente capearlo. Sin embargo, en tiempos de crisis o de temporal, es dable pensar que pueden producirse más situaciones de pérdidas en los tiempos de bonanza. Cuando nos referimos a pérdidas en las empresas, estamos pensando en los resultados de sus estados financieros anuales, los cuales usualmente se traducen también en pérdidas para fines tributarios. En este punto, cabe recordar que las pérdidas tributarias representan en Chile una suerte de activo para las organizaciones, por cuanto activan mecanismos que permiten solicitar devoluciones de impuestos al Fisco. Sin entrar en mayores tecnicismos, debemos señalar que cuando una empresa, que por años ha generado utilidades tributarias que han pagado el impuesto anual de primera categoría, las cuales a su vez no ha distribuido total o parcialmente, ha acumulado lo que se conoce en el mundo contable-tributario como FUT. Luego, si a pesar de sus esfuerzos para navegar el temporal, se le presenta un año en que genera una pérdida tributaria, tales pérdidas deben imputarse al referido FUT o stock de utilidades tributables. El mecanismo descrito, produce un efecto de absorción de utilidades con pérdidas tributarias. Recordemos que tales utilidades absorbidas pagaron el impuesto de primera categoría en su momento, tributo que al tener el carácter de crédito, permite solicitar su devolución a través de la declaración anual de renta. Frente a este escenario, que muy probablemente veremos repetido con ocasión de la crisis en desarrollo, es oportuno recordar que para acceder a las referidas devoluciones, los contribuyentes deben cumplir con diversas obligaciones legales y administrativas. A este respecto, cabe señalar que el Servicio de Impuestos Internos ha desarrollado en los últimos años programas focalizados de revisiones de FUT y Pérdidas Tributarias; por lo que se hace recomendable revisar si los conceptos aplicados, documentos de respaldo y registros exigidos están alineados con la normativa sobre estas materias. La experiencia muestra que tratándose de solicitudes de devoluciones de impuestos, siempre es mejor anticiparse y actuar en forma pro activa. Esto se traduce en someter a revisiones preventivas toda la información relacionada con el cumplimiento del impuesto a la renta.
LUÍS MARTÍNEZ ERAZO
SOCIO DIRECTOR DE TRIBUTARIA Y OUTSOURCING
JERIA, MARTÍNEZ Y ASOCIADOS – MAZARS